El Derecho Colaborativo y el ‘ner’ (nuevo estilo de relaciones)

Derecho Colaborativo Trebeki NER Nuevo estilo de relaciones

La evolución cultural producida a lo largo del S. XXI, ha traído consigo no solo la evolución organizacional (ner, proyectos teal) sino en todos los ámbitos de la sociedad. Así, el abogado que precisa el ciudadano en la actualidad es aquel que puede obtener los mejores resultados para su cliente, incluido a nivel emocional.

El abogado, en su condición de primer proveedor de Justicia debe intentar tratar de llegar a acuerdos satisfactorios para todas las partes y en caso de conflicto, proponer la vía de resolución más adecuada para cada cliente.

En este sentido se ha ido extendiendo cada vez más la práctica colaborativa del derecho o lo que se ha llamado Derecho Colaborativo, que además de fomentar el ejercicio del derecho enfocado a los intereses de las partes y terceros, promueve la solución consensuada a los problemas intentando mantener al margen a los tribunales.

Así, se puede entender el derecho colaborativo como la práctica del derecho proclive a la cooperación y, en un sentido más estricto (lo que se ha venido denominando derecho “C”olaborativo – con mayúsculas) aquella práctica que excluye la vía judicial para la resolución de los conflictos mediante la colaboración activa con la parte contraria.

El origen “oficial” de la práctica del derecho colaborativo se fija en Estados unidos a finales del siglo pasado. Es precisamente en esta nación donde se aprobó la primera normativa marco en 2009 (Uniform Law Collaborative Act) y, desde ahí, se ha ido extendiendo primero hacia los países anglosajones y con posterioridad hacia los países más desarrollados de la Unión Europea.

SI bien el ámbito donde el derecho colaborativo tiene más aplicaciones es en el familiar y laboral, gradualmente se va extendiendo inexorablemente hacia la práctica civil y mercantil.

Desde los principios inspiradores del Nuevo Estilo de Relaciones, las organizaciones del NER hemos ido aplicando el derecho colaborativo desde principios de este siglo en el ámbito organizacional, sin saber que había otras personas con idénticas inquietudes tratando de hacer lo mismo en otras partes del mundo. En este sentido, TREBEKI, dentro de su actividad ha llevado a cabo diversas acciones claramente precursoras desde un punto de vista del derecho colaborativo.

Son claros ejemplos de la labor pionera del NER en este ámbito, la gestación y puesta en marcha de proyectos como los huertos ecológicos Lur Denok, proyectos de aquaponía y acuicultura como Ner Breen, la cooperativa Kutxa Ner, proyectos de mobiliario urbano sostenible como Nerei o el Convenio Ner.

¿Cuándo debemos buscar la utilización del derecho colaborativo?

  • Cuando queremos participar en un proceso constructivo y no destructivo de la relación negocial.
  • Cuando queremos recuperar la responsabilidad de resolver nuestro conflicto reduciendo la incertidumbre que generan los tribunales.
  • Cuando queremos decidir el grado de participación e implicación en la relación.
  • Cuando queremos mantener una confidencialidad extrema sobre la existencia de la relación negocial y sus resultados.

Por su parte, los abogados implicados en un proceso colaborativo tratan de promover el consenso entre las partes, y en el caso de que surja un conflicto, tratan de originar un diseño creativo de procedimientos de resolución de conflictos lo que conlleva, clientes más satisfechos y un ejercicio más satisfactorio del derecho.

 

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